La discapacidad es una temática social compleja que requiere ser abordada desde múltiples enfoques. Institucionalmente, al trabajar se toma como referencia la “Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad”, la cual se concibió como un instrumento para garantizar sus derechos: “Los Estados Partes se comprometen a asegurar y promover el pleno ejercicio de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales de las personas con discapacidad sin discriminación alguna por motivos de discapacidad”. La República Argentina suscribió la Convención en el año 2007 y la ratificó en 2008. La adopción de este tratado internacional, mediante la aprobación de la Ley Nº 26.378, le otorga jerarquía superior a las leyes según el artículo 75, inciso 22, de la Constitución Nacional. En la Convención, se reconoce la necesidad de continuar dedicando esfuerzos para permitir la plena participación de las personas con discapacidad, como miembros activos de la sociedad. En el artículo 24, se hace referencia específica al derecho a la educación. En este sentido, se expresa que los Estados Partes asegurarán que “c) Se hagan ajustes razonables en función de las necesidades individuales; d) Se preste el apoyo necesario a las personas con discapacidad, en el marco del sistema general de educación, para facilitar su formación efectiva; e) Se faciliten medidas de apoyo personalizadas y efectivas en entornos que fomenten al máximo el desarrollo académico y social, de conformidad con el objetivo de la plena inclusión”.
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